Nuevas fechas para declarar renta en 2026 tras el terremoto

Tras el sismo del 10 de agosto de 2026, el Gobierno publicó un proyecto de decreto que aplaza la declaración de renta para personas naturales domiciliadas en zonas afectadas de seis departamentos. Los vencimientos que caían en agosto pasarían a octubre y noviembre. El decreto ya está firmado y solo falta su publicación oficial, así que hasta entonces siguen vigentes las fechas de agosto.

fechas para declaracion de renta DIAN 2020
El aplazamiento ya está firmado por el Ministerio de Hacienda

El proyecto de decreto está firmado y ya surtió su etapa de comentarios. Solo falta que se publique en el Diario Oficial. Si cumples las condiciones, tu fecha muy probablemente cambiará. Mientras tanto, la fecha que te obliga legalmente sigue siendo la de agosto: lo más seguro es dejar tu declaración lista y presentarla cuando prefieras.

Última verificación: 14 de agosto de 2026

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Cómo quedarían las fechas si se firma el decreto

Solo cambian los vencimientos que estaban programados para agosto de 2026, es decir, los NIT terminados entre 01 y 26. Si tu cédula termina en 27 o más, tu fecha ya estaba en septiembre u octubre y no se mueve.

Últimos 2 dígitos del NIT

01 y 02

03 y 04

05 y 06

07 y 08

09 y 10

11 y 12

13 y 14

15 y 16

17 y 18

19 y 20

21 y 22

23 y 24

25 y 26

Fecha original

12 de agosto de 2026

13 de agosto de 2026

14 de agosto de 2026

18 de agosto de 2026

19 de agosto de 2026

20 de agosto de 2026

21 de agosto de 2026

24 de agosto de 2026

25 de agosto de 2026

26 de agosto de 2026

27 de agosto de 2026

28 de agosto de 2026

31 de agosto de 2026

Nueva fecha propuesta

27 de octubre de 2026

28 de octubre de 2026

29 de octubre de 2026

30 de octubre de 2026

3 de noviembre de 2026

4 de noviembre de 2026

5 de noviembre de 2026

6 de noviembre de 2026

9 de noviembre de 2026

10 de noviembre de 2026

11 de noviembre de 2026

12 de noviembre de 2026

13 de noviembre de 2026

Nota: El decreto expresa estos plazos en días hábiles (por ejemplo, "décimo octavo día hábil de octubre"). Las fechas de esta tabla son esa equivalencia en el calendario de 2026, incluidos los festivos del 12 de octubre, 2 y 16 de noviembre.

¿A quiénes cobija el aplazamiento?

Para quedar cubierto tienes que cumplir las tres condiciones al mismo tiempo. Basta con que falle una para que tu fecha siga siendo la de agosto.

1. Ser persona natural o sucesión ilíquida.

El proyecto no cubre a las personas jurídicas ni modifica los plazos de las empresas.

2. Tener el domicilio del RUT en una zona cubierta al 10 de agosto de 2026.

La fecha de corte es el día del sismo. Cambiar la dirección del RUT ahora no te da el plazo nuevo. Hay una excepción para quien pueda probar que ya vivía allí antes del sismo, y otra para quien se inscriba por primera vez en el RUT con domicilio en esas zonas.

3. Que tu NIT termine entre 01 y 26.

Son los vencimientos que caían en agosto. Los demás ya estaban programados para septiembre y octubre.

Zonas cubiertas

El proyecto se define por Dirección Seccional de la DIAN, no por ciudad suelta. Las seccionales son las de Armenia, Buenaventura, Cali, Manizales, Palmira, Pereira, Popayán, Quibdó y Tuluá, y cada una cubre varios municipios alrededor. En total abarca municipios de Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca.

Por eso no es correcto decir que aplica solo a esas nueve ciudades: el alcance territorial es más amplio. Puedes ver a qué Dirección Seccional perteneces en la primera hoja de tu RUT.

El proyecto también deja abierta la puerta a sumar municipios si la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres los identifica como gravemente afectados.

Lo que el aplazamiento no cambia

  • No te exime de declarar. Mueve el plazo, no elimina la obligación.
  • No cambia los topes. Sigues obligado a declarar si en 2025 tuviste ingresos, consumos con tarjeta, compras o consignaciones por $69.719.000 o más, o un patrimonio bruto de $224.096.000 o más.
  • No borra las sanciones. Si presentas después de tu fecha límite, la sanción por extemporaneidad es del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción, con un mínimo de $524.000 para 2026.
  • No aplica automáticamente por vivir cerca. Lo que manda es el domicilio registrado en el RUT al 10 de agosto de 2026.

Qué hacer hoy

  1. Mira los dos últimos dígitos de tu cédula, sin el dígito de verificación.
  2. Revisa en tu RUT qué domicilio y qué Dirección Seccional tenías registrados al 10 de agosto de 2026.
  3. Sigue preparando tu declaración con tu fecha de agosto como referencia. Si el decreto sale, ganaste tiempo. Si no sale, llegas a tiempo igual.
  4. No cambies la dirección del RUT buscando el aplazamiento: el proyecto ya previó eso y no funciona.

Preguntas frecuentes

Estas son algunas de las preguntas más frecuentes. Si tienes otras dudas, no dudes en preguntarnos por el chat en vivo.

  • ¿Ya aprobaron el aplazamiento de la renta por el terremoto?

  • Vivo en Cali, ¿entonces tengo hasta noviembre?

  • ¿El aplazamiento también corre el pago del impuesto?

  • Si cambio ahora la dirección de mi RUT, ¿me cobija?

  • Me acabo de inscribir en el RUT, ¿aplico?