Para la declaración de renta del año dato:AG que se presenta entre los meses de agosto y octubre del dato:AC, vuelve a aplicar el componente inflacionario a los intereses generados en entidades financieras, fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores, a continuación te explicaremos de qué se trata esto.

El componente inflacionario es la proporción de los intereses o rendimientos generados en una inversión, que corresponde a la inflación en un periodo determinado. Indican que, para efectos del impuesto de renta, las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad pueden tratar este componente como ingreso no constitutivo de renta. 

Así entonces, el componente inflacionario de los intereses obtenidos en entidades financieras y de los rendimientos que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores, puede ser tomado como ingreso no constitutivo de renta en el cálculo del impuesto. 

El Estatuto Tributario en su artículo 40-1 establece el cálculo que se debe hacer para determinar el componente inflacionario, señalando que es “el resultado de dividir la tasa de inflación del respectivo año gravable, certificada por el DANE, por la tasa de captación más representativa del mercado, en el mismo periodo, certificada por la Superintendencia Financiera”. 

De esta forma, como la tasa de inflación del año gravable dato:AG quedó certificada por el DANE en 5,10%, y para ese mismo periodo la tasa de captación más representativa del mercado fue certificada en 9,20% por la Superintendencia Financiera mediante la Resolución 0052 del 14 de enero de dato:AC, el componente inflacionario de los intereses y rendimientos financieros para el año gravable dato:AG es de 55,43%, que resulta de dividir 5,10% entre 9,20%. 

Para ser más claros, veamos un ejemplo:

Durante el año dato:AG, Camila, una persona natural, recibió ingresos por el valor de $25.000.000 como rendimientos financieros de un fondo de inversión, de los cuales el 55,43% corresponden al componente inflacionario. Debido a esto, Camila deberá reportar en la declaración de renta del año gravable dato:AG el valor total de los ingresos recibidos por rendimientos financieros (casilla 58), y luego podrá restar como ingreso no gravado el 55,43% de dichos rendimientos, que equivale a $13.858.000 (casilla 59).

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