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Averigua si eres residente fiscal en Colombia

¿Durante el 2022 pasaste más de 6 meses continuos o discontinuos por fuera de Colombia?

¿Durante el 2022 fuiste empleado del Estado colombiano desempeñando cargos diplomáticos o consulares?

¿Eres de nacionalidad colombiana?                                                                                        

¿Durante el 2022 tu cónyuge o compañero(a) permanente, o tus hijos menores de edad fueron residentes fiscales en Colombia?

¿Durante el 2022 el cincuenta por ciento (50%) o más de tus ingresos se generaron en Colombia?

¿Durante el 2022 el cincuenta por ciento (50%) o más de tus bienes fueron administrados desde Colombia?

¿Durante el 2022 el cincuenta por ciento (50%) o más de tus bienes se encontraban en Colombia?

¿Durante el 2022 la DIAN te requirió certificar tu condición de residente en el exterior, pero NO realizaste el trámite?

¿Durante el 2022 residiste en una jurisdicción calificada por el Gobierno colombiano como paraíso fiscal?

¿Durante el 2021 el cincuenta por ciento (50%) o más de tus ingresos se generaron en la jurisdicción en la cual tuviste tu domicilio?

¿Durante  el 2022 el cincuenta por ciento (50%) o más de tus activos se encontraban en  la jurisdicción en la cual tuviste tu domicilio?

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Avaronnan Abhinesh,
Según tus respuestas,
NO eres residente fiscal en Colombia
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Avaronnan Abhinesh,
Según tus respuestas,
SÍ eres residente fiscal en Colombia

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¿Qué es la residencia fiscal?

La residencia fiscal es un concepto que se aplica a todas las personas naturales indiferente de su nacionalidad; este determina cómo se gravan los impuestos conforme al sistema tributario de cada país en particular. Esto dependerá del lugar donde una persona pase la mayor parte del año. 

De acuerdo a la ley colombiana, una persona natural (sin importar su nacionalidad) se considerará residente fiscal colombiano cuando permanezca más de 183 días calendario en Colombia durante un periodo cualquiera de 365 días calendario consecutivos. Y conforme a eso deberá reportar los ingresos que hayan generado dentro y fuera del país, y adicionalmente, los bienes que posean tanto en Colombia como en el exterior. 

¿Cómo saber si soy residente fiscal?

Para colombianos: Para determinar tu residencia fiscal los colombianos debes verificar tu permanencia en el país en un periodo cualquiera de 365 días calendario; el monto de sus ingresos recibidos en Colombia; el valor de los bienes que poseas en el país; si tu lugar de residencia está en un paraíso fiscal y si su esposa e hijos son residentes fiscales en Colombia. 

Para extranjeros: Para determinar tu residencia fiscal debes verificar tu permanencia en el país en un periodo cualquiera de 365 días calendario y si te encuentras en una relación con servicio exterior del Estado colombiano. 

Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones: 

  • Personas que han permanecido en Colombia, ya sea de manera continua o discontinua, durante 183 días en un período determinado de 365 días. Si los 365 días del periodo cubren más de un año fiscal, la persona será considerada como contribuyente para el segundo año.
  • Personas que estén inscritas en el servicio diplomático colombiano o estén relacionadas con personas que se encuentren inscritas en el servicio diplomático colombiano, y que, en virtud de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, exenta, total o parcialmente, de impuestos sobre rentas y plusvalías en el país donde han sido designados durante el año fiscal correspondiente. 
  • Personas que tengan la nacionalidad colombiana y cumplan con uno o más de los siguientes rasgos en el ejercicio fiscal correspondiente:
  1. La pareja de la persona o los hijos menores de edad de la persona se consideraron como residentes fiscales en el ejercicio fiscal correspondiente; o,
  2. El cincuenta por ciento (50%) o más de los ingresos de la persona se consideró colombiano. ingresos de origen; o, 
  3. El cincuenta por ciento (50%) o más de los activos del individuo se administraron en Colombia; o
  4.  Se consideró que el cincuenta por ciento (50%) o más de los activos de la persona estaba en posesión en Colombia; 
  5. Haber sido requerido por la administración tributaria para probar el hecho de que el individuo es un residente fiscal en un país diferente, el individuo no proporciona evidencia en este respecto; o,
  6. La persona física es residente fiscal de una jurisdicción considerada por el colombiano. El gobierno como paraíso fiscal.

Para las personas que pueden ser consideradas residentes fiscales por el ítem anterior hay dos posibles excepciones. No serán residentes fiscales los nacionales que a pesar de cumplir con alguno de los requisitos aquí, cumplen los siguientes: 

  • Que el 50% o más de sus ingresos anuales su fuente se derive del país donde tengan su domicilio.
  • Que el 50% o más de sus activos se encuentren localizados en el país donde tengan su domicilio. 

Las Personas Naturales en el exterior obligados a presentar la declaración del Impuesto de Renta deben:

  • Inscribirse en el Registro Único Tributario –RUT 
  • Actualizar el Registro Único Tributario –RUT, si la información contenida en el mismo sufrió alguna modificación.
  • Solicitar la emisión y/o renovación de la Firma Electrónica. (Si aplica)

Topes para estar obligado a declarar renta en 2024 para residentes y no residentes

Todas las personas naturales residentes fiscales en Colombia que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2023:

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $190.854.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $59.377.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $59.377.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $59.377.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a  $59.377.000

Para los NO residentes fiscales la única condición que se debe tener en cuenta es que sus ingresos en Colombia hayan estado sujetos a la retención en la fuente correspondiente, si tuviste ingresos en Colombia y a estos no les practicaron la respectiva retención, debes declarar renta. Por otra parte, si tuviste ingreso por venta de bienes muebles o inmuebles, estás obligado a declarar renta independientemente si te practicaron retención en la fuente por estos ingresos

Consulta toda la información sobre los topes para este 2024 aquí

¿En qué fecha debo presentar mi declaración de renta en 2024 de acuerdo a mi residencia fiscal?

Si tienen la obligación, deben hacerlo de manera virtual haciendo uso de la firma electrónica en el Formulario 210 si son Residentes, y en el Formulario 110 si son NO Residentes

Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024 vencen los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta del año gravable 2023 en Colombia. Consulta el Calendario Tributario, información sobre tu declaración, y demás herramientas para presentar tu declaración del Impuesto sobre la Renta aquí.

Puedes encontrar la guía con TODA la información sobre la declaración de renta del 2024 aquí

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