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En este artículo te enseñamos algunas de las preguntas frecuentes que se pueden presentar frente a la declaración de renta cuando se tienen activos en el exterior.
La declaración anual de activos en el exterior es una declaración informativa que tiene como objetivo identificar los activos que el contribuyente tiene en el exterior, debe ser presentada por todo contribuyente que tenga activos en el exterior de cualquier naturaleza, y que superen el monto de 2.000 UVT.
Si nunca ha declarado activos en el exterior y estaba obligado, no podría hacer corrección, sino declarar de forma extemporánea. La corrección aplica solo si se presentó ante la DIAN y posteriormente se desea corregir en cuyo caso es posible. Pero en los activos en exterior se podría aplicar la sanción el artículo 651 sanción por no enviar información o enviarla con errores puesto que luce razonable por cuanto se trata de una declaración meramente informativa.
Si el contribuyente presenta su declaración anual de activos luego de vencido el plazo para declarar, procede la sanción por extemporaneidad que contempla el artículo 641 del estatuto tributario. En este caso la sanción sí se aplica sobre los activos que el sancionado tiene en el exterior, puesto que es posible cuantificar la base al ser declarada. (0.5%) por mes o fracción de mes de los activos poseídos en el exterior antes del emplazamiento o el 1% por mes o fracción de mes de los activos poseídos en el exterior después del emplazamiento.
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